La deuda de los asaltantes al Moncada
¿Indemnizó Fidel Castro a los soldados que mataron los insurgentes esa
noche?
Jueves, mayo 25, 2017 | Alberto Méndez Castelló
LAS TUNAS, Cuba.- Un viejo archivero se encuentra iracundo por estos
días. Bajo apremio judicial, habían metido en la cárcel a alguien que,
además de su amigo, era su transportista y recién había recuperado la
libertad tras meses de encierro.
El bicitaxista amigo del viejo archivero, además de transportar
pasajeros, era activista de UNPACU (Unión Patriótica de Cuba), y al
compás del pedaleo solía dispersar octavillas anticastristas.
Pero el activista de UNPACU no había ido a la cárcel por el delito de
"propaganda enemiga", previsto y sancionado por el Código Penal cubano,
sino como apremio por haberse negado a pagar las multas impuestas a
resultas de "atentar contra el ornato público" tirando "papeles" en las
calles.
"Con techos de vidrio lanzan piedras a los tejados ajenos. ¿Y qué
pretenden? ¿Que les devuelvan rosas? Mira, escribe de esto", dijo el
viejo archivero dándome un legajo de papeles amarillentos.
Di vueltas al legajo de largas cuartillas del tipo oficio, de indudable
procedencia judicial, pero no continué por temor a que las hojas de
papel se deshicieran en mis manos y tontamente sólo dije: "Sí, esto es
la copia o la fotocopia de una sentencia de antes de 1959, ¿no?"
Enfadado ahora no con los jueces y los policías castristas que habían
mandado a la cárcel a su amigo, sino conmigo por no discernir que era
aquella el acta de condena del difunto Fidel Castro por el asalto al
Cuartel Moncada el 26 de julio de 1953, el viejo archivero me ordenó:
"¡Lee!"
Pero al momento cambió de opinión diciéndome: "No, dame acá, te vas a
perder en la sanción penal que es lo que menos importa, déjame yo leerte
esto."
Luego de pasar algunas hojas del legajo, el viejo archivero leyó: "Así
mismo imponemos como responsabilidad de carácter civil la obligación de
indemnizar a los herederos de los segundos tenientes Pedro Feraud Mejías
y Andrés Morales Álvarez en la suma de cinco mil pesos moneda oficial; a
los herederos de los sargentos Ramón Silverio Enríquez y Luis Oliva en
la suma de cuatro mil pesos…"
"Un momento", dije, sacando mi libreta de notas y apuntando las cifras
que el viejo acababa de citar.
"Pues como veo que cogiste al vuelo este asunto continúo", dijo el viejo
y prosiguió leyendo: "A los herederos de los cabos Isidro C. Izquierdo
Rodríguez y Nemesio Traba Montero, en la suma de tres mil pesos; a los
herederos de los soldados Manuel Álvarez Morgado, Urbano Sánchez Ávila,
Jesús Sánchez Pruna, Eusebio Baró Melodio, Felino Miró Ruíz, José
Vázquez, Ibrahim Galano Liranza, Pedro Guilarte y Ramiro Saturnino
Santiesteban, en la suma de dos mil pesos; a los herederos del cabo de
la banda de música Manuel Miras Nieve, en la suma de tres mil pesos; a
los herederos del sargento de la Policía Nacional Gerónimo Suárez
Camejo, en la suma de cuatro mil pesos, a los herederos del vigilante de
la Policía Nacional Pedro M. Pompa Castañeda, en la suma de dos mil
pesos y a los herederos del vigilante Roberto Fernandiz en la suma de
mil pesos… ¿Cuánto suma eso?", preguntó el viejo.
"Déjeme ver… 52 mil pesos", dije.
"Pero esto no para aquí, esa era la indemnización para los herederos de
los muertos, ahora viene la de los heridos", dijo el viejo archivero y
prosiguió la lectura: "Y a indemnizar en la suma de treinta pesos al
teniente…", la lista de indemnizados por cuantías menores era larga y al
final el archivero volvió a preguntar: "¿Cuánto suma esta?"
"Un momento… 1250 pesos", dije.
"Pero la cosa no para ahí," dijo el viejo, y leyó: "Y así mismo a
indemnizar al Estado cubano en la suma de dos mil cuatrocientos setenta
y un pesos y veintidós centavos, importe de los daños causados en las
dependencias del Cuartel Moncada, del Hospital Militar, del Reparto
Militar, del Hospital Civil y del Palacio de Justicia, cuyas cantidades
harán efectivas solidariamente, sufriendo en definitiva y en defecto del
pago de las mismas, apremio personal subsidiario a razón de un día por
cada tres pesos que no abonaren," concluyó su lectura el archivero
preguntando:
"¿A cuánto asciende la suma total?"
"Déjeme ver… 52 mil pesos más 1250… 53 250 más 2 471,22… 55 721,22", dije.
"¡Ajá…!", exclamó el archivero, añadiendo: "De todas formas el apremio
no podía exceder de seis meses de cárcel."
"¡Oiga… pero si los asaltantes al Cuartel Moncada fueron amnistiados!
Sólo pasaron en la cárcel 21 meses y 15 días", dije.
El viejo archivero me miró como si quisiera traspasarme con la mirada,
como diciendo: "¡Qué jurista más comemierda es éste!" Y abochornado,
admití: "Sí, usted tiene razón, la amnistía o el indulto no exoneran la
responsabilidad penal."
Era aquella una certeza inobjetable: la Ley de Amnistía No.2 de fecha 6
de mayo de 1955, por la que los asaltantes al Cuartel Moncada fueron
liberados cuando aún no habían cumplido dos años de prisión, no incluía
la responsabilidad civil por daños y perjuicios y a esos efectos su
artículo 8 expresaba: "La aplicación de esta amnistía no exonera de las
responsabilidades de orden civil que fueron consecuencia de la penal en
estos casos."
Incluso hoy, el vigente Código Penal cubano se expresa en esos términos:
"La amnistía extingue la sanción y todos sus efectos, aunque no se
extiende a la responsabilidad civil, a menos que en la ley respectiva se
disponga otra cosa".
Y otra cosa se había dispuesto con los asaltantes al Cuartel Moncada el
26 de julio de 1953: habían sido liberados de la responsabilidad penal,
pero no habían sido exonerados de la responsabilidad civil, y,
apremiados por los tribunales, podían ir a la cárcel durante seis meses
por ese incumplimiento.
Pero no pocos asaltantes liberados el 15 de mayo de 1955, ya en junio se
habían instalados en México. Personalmente el difunto Fidel Castro se
instaló en ese país el 7 de julio de 1955, pero ya antes lo había hecho
el ahora general Raúl Castro, bajo cuyo régimen a no pocos cubanos se
les impide salir de Cuba porque tienen pagos de multas pendientes,
mientras que a otros se les lleva a la cárcel por no pagar multas
traídas por los pelos.
¿Quién lo diría…? Y todavía algunos hablan de la "dictadura cruel de
Fulgencio Batista" sin mirarse al espejo. Quizás, si lo hicieran, en el
vidrio encontraran a huidizos apremiados ahora haciendo de apremiantes
jueces.
Source: La deuda de los asaltantes al Moncada CubanetCubanet -
https://www.cubanet.org/opiniones/la-deuda-de-los-asaltantes-al-moncada/
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