viernes, 10 de marzo de 2017

Ginebra duda de la Justicia cubana

Ginebra duda de la Justicia cubana
No es para menos… y las razones las explicamos aquí
Viernes, marzo 10, 2017 | Roberto Jesús Quiñones Haces

GUANTÁNAMO, Cuba.- Los tribunales cubanos fueron cuestionados por los
expertos del Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU luego de que
los representantes castristas ante dicha entidad rindieran su informe
sobre la aplicación de la Convención Internacional para la Protección a
Todas las Personas contra la Desaparición Forzada.

En las sesiones realizadas los días 6 y 7 de marzo, los expertos
formularon sus preocupaciones sobre los desaparecidos y los derechos de
los detenidos en Cuba así como sobre la falta de transparencia y equidad
de los tribunales de justicia.

Según la fuente, el relator de dicho Comité de la ONU, señor Juan José
López Ortega afirmó que resulta imprescindible que la investigación de
estos crímenes sea desarrollada por un sistema de justicia independiente
al que impera en la isla y calificó como improcedente la existencia de
la jurisdicción militar dentro del sistema legal del país.

Luego de expresar sus dudas sobre la estructura del sistema judicial
cubano, el jurista recalcó que Cuba se beneficiaría si aceptara las
recomendaciones de la ONU sobre este tema.

Dudas bien fundadas

Según el artículo 5 de la Constitución vigente, el Partido Comunista de
Cuba (PCC) "es la fuerza superior de la sociedad y del Estado". Por
tanto, todas las estructuras administrativas y sociales del país están
sometidas a su poder. ¿Qué independencia puede haber fuera de los más
estrechos círculos gobernantes?

Los jueces del Tribunal Supremo Popular (TSP) y los fiscales de la
Fiscalía General de la República (FGR), juristas de probada sumisión
política, son elegidos por el Consejo de Estado (CE). Tanto el TSP como
la FGR están subordinados directamente a la Asamblea Nacional del Poder
Popular (ANPP) y al CE según establece la Constitución. Pero sabiendo
que en Cuba la ANPP se reúne en sesión plenaria si acaso cuatro días al
año, en realidad se subordinan al CE y, más que a la ley, obedecen a los
mandatos que emanan de este, convertidos en reglas de obligatorio
cumplimiento mediante las Instrucciones del TSP que definen cómo debe
interpretarse una regla o cómo debe actuarse ante determinada situación
aunque no haya legislación que se pronuncie al respecto.

En múltiples ocasiones, el TSP emite una Instrucción ordenando la
aplicación de las sanciones más severas. Así ha ocurrido con los delitos
de "Hurto y Sacrificio Ilegal de Ganado Mayor" o "Tráfico de drogas y
Salida Ilegal", en los que casi nunca se realiza una diferenciación de
las sanciones aplicadas teniendo en cuenta las características
personales de cada acusado y su real participación en los hechos. Ni
hablar de los delitos destinados a reprimir a la oposición pacífica ni
de los procesos para conocer de los "Índices de Peligrosidad",
verdaderas aberraciones jurídicas. Si en alguno de estos casos a un juez
se le ocurre hacer una interpretación personal de la ley según su
conciencia, o comete el error de ignorar las instrucciones señaladas, su
sentencia será revocada por el tribunal superior y estará en el
colimador del Partido.

Los castristas afirman que aquí la justicia es popular porque en los
tribunales hay jueces legos. En realidad esas personas no representan ni
deciden absolutamente nada pues son figuras decorativas. Ni ellos ni los
jueces profesionales son elegidos directa y secretamente por el pueblo
para ocupar esos cargos.

Si nos atenemos a lo que debe ser un proceso judicial garantista, Cuba
está muy lejos de él porque la justicia se imparte según sea la posición
política del acusado, acreditada por el Ministerio del Interior (MININT)
en informes confidenciales. A ello se une que en todo proceso judicial
cubano los intereses del Estado ―léase de quienes lo representan― están
por encima de los del individuo aunque este tenga la razón.

En los procesos contra los opositores hace mucho tiempo que las vistas
no son públicas pues las salas son ocupadas por agentes de la Seguridad
del Estado y sus chivatos. Todavía son comunes las reuniones previas de
funcionarios del MININT y del Departamento de Órganos Estatales y
Judiciales del PCC con los fiscales y jueces que actuarán en procesos
importantes. En ellas se decide todo lo que va a ocurrir en el juicio,
desde qué testigos van a ser aceptados hasta cuál va a ser la sanción
que se aplicará a cada acusado.

En las vistas no se permite grabar lo que ocurre, ni siquiera mediante
notas a lápiz. Sólo en contadas ocasiones los juicios se graban en video
pues lo establecido es que la vista se recoge en acta redactada por el
secretario de la sala. Luego el documento tiene que ser firmado por los
defensores sin saber si lo que se probó es lo consignado en el documento
que llega hasta la instancia superior, algo que se presta para muchas
injusticias, mucho más teniendo en cuenta que la ley procesal cubana no
permite a los acusados desmentir lo que el tribunal actuante ha
considerado probado en caso de que reclame mediante un Recurso de
Casación ante el TSP, y que los defensores no tienen acceso a dicha acta
para redactar ese recurso. Si se trata de una apelación ante el Tribunal
Provincial, ¿de qué vale al acusado argumentar lo que ocurrió desde
posiciones distintas a las del tribunal inferior si el acta del juicio
refleja otra versión de los hechos?

El señor Juan José López Ortega tiene dudas fundadas. Quienes hemos
ejercido la carrera tenemos la certeza absoluta de que el sistema
judicial cubano y las leyes que lo informan necesitan perentoriamente de
una modificación total.

Source: Ginebra duda de la Justicia cubana CubanetCubanet -
https://www.cubanet.org/opiniones/ginebra-duda-de-la-justicia-cubana/

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