miércoles, 8 de febrero de 2017

La Ley desde una óptica libertaria

La Ley desde una óptica libertaria
7 febrero, 2017 11:37 pm por Nelson Rodríguez Chartrand

San Agustín, La Lisa, Nelson Rodríguez Chartrand, (PD) Cuando hablamos
de ley, nos viene a la mente un conjunto de normas que dictan cuál debe
ser el comportamiento de los seres humanos en sociedad y cuáles son sus
derechos y deberes para con la misma.

Esa es la visión que por lo general nos enseñan en las escuelas y
universidades. Una visión que no puede ser más inexacta y errónea, pues
a través de ella los hombres se convierten en esclavos de las mismas,
renunciando así, por una parte, al reconocimiento y defensa de sus más
elementales derechos, esos que forman parte de su propia existencia, de
su razón de ser y por la otra, lo que es peor, a asumir pasivamente el
exterminio de los mismos.

Existen derechos que son inalienables a la naturaleza humana, derechos
naturales que nos vienen dados por el solo hecho de nuestra existencia,
patrimonio por igual de cada individuo, eso es, que están por encima de
la razón y voluntad humana y por lo tanto, son anteriores a las leyes
que sí son producto de aquellas. O sea, que la existencia de dichos
derechos no deviene de las leyes humanas y sí como principio de su
propia existencia.

Estos son, el derecho a la personalidad, a la libertad y a la propiedad
(privada), precisamente los más ultrajados por las leyes monopólicas de
los estados, el escenario de la vida de la comunidad humana, obstáculo
infranqueable para la paz, el progreso, la justicia y la felicidad de
los seres humanos y como derechos naturales que son, inseparables de
nuestra existencia, nos asiste también el derecho natural de defenderlos
e incluso por la fuerza, eso es, el derecho a la legítima defensa.

Por ejemplo, la Constitución cubana, abanderando una falsa filantropía,
y en nombre de la justicia, aniquila de manera clara y precisa, estos
derechos.

Así vemos cómo en su artículo 14, priva a los cubanos del derecho a la
propiedad privada, al estipular: "En la República de Cuba rige el
sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo
sobre los medios fundamentales de producción y en la supresión de la
explotación del hombre por el hombre".

También rige el principio de distribución socialista, de cada cual según
su capacidad, a cada cual según su trabajo…"

Déjenme aclarar que la propiedad socialista de todo el pueblo es una
aberración humana al igual que el sistema que la engendró, pues lo que
es de todos, no es de nadie. Constituye la garantía de la élite
gobernante de asegurarse la propiedad de todo. Eso es, la transmisión de
la propiedad privada, individual, al patrimonio de quienes ostentan el
poder.

Así sucede con el derecho de la libertad y la personalidad.

Por mandato constitucional, el derecho de la personalidad y la libertad
también le es negado a los cubanos, toda vez que el Estado dirige y
administra y lo controla todo, devorando toda manifestación libre de las
facultades humanas, de su creatividad y su intelecto.

El ciudadano cubano es el instrumento que utilizan los gobernantes para
llevar a cabo sus designios. En otras palabras, la sociedad cubana es
una sociedad de autómatas.

Así vemos, por ejemplo que "el Estado orienta, fomenta y promueve la
educación, la cultura y las ciencias en todas sus manifestaciones" (art.
39). ¿Sobre qué postulados?

El inciso a) del precitado artículo establece que el Estado fundamenta
su política educacional y cultural en el ideario marxista y martiano; el
inciso b) plantea que la enseñanza es función del Estado, el inciso ch)
estipula que "la creación artística es libre siempre que su contenido no
sea contrario a la revolución", asesinando de esta manera no sólo la
personalidad humana, sino también el espíritu de las artes, la libertad
de crear.

Estas leyes, miradas bajo el prisma del concepto estatista, llegan a
controlar y encadenar la conciencia y la libertad de expresión de las
personas.

El artículo 53 de la Constitución cubana limita la libertad de expresión
de las cubanos al estipular que, "Se reconoce a los ciudadanos libertad
de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista…"

Resulta de vital importancia asumir e interpretar de una vez el concepto
de ley teniendo en cuenta su justo y excluyente propósito, con el fin de
estar en mejores condiciones de defenderlos y reivindicarlos.

No hay mejor definición que la expuesta por Friédéric Bastiat: "La ley
es la organización colectiva del derecho individual de legítima defensa".

He aquí un concepto que clarifica y dignifica el justo propósito y
finalidad de las leyes.

Como ya expresé, si cada hombre tiene el derecho de defender, incluso
por la fuerza, su persona, su libertad y su propiedad, varios hombres
tienen el derecho de organizar una fuerza común (ley) para encargarse
regularmente de aquella defensa.

De esto se desprende que, el derecho colectivo, tiene pues, su
principio, su razón de ser y su legitimidad, en el derecho individual,
por lo que la ley, como fuerza común organizada, no puede tener otra
finalidad, otra misión, que la de responder a las fuerzas individuales,
aisladas, que sustituye.

Veámoslo así y nos daremos cuenta de inmediato cuán ilegítimas, injustas
e irrespetables son las leyes que nos gobiernan, emanadas del poder
legislativo de nuestro mayor enemigo: el Estado.
nelsonchartrand@gmail.com; Nelson Rodríguez

Source: La Ley desde una óptica libertaria | Primavera Digital -
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