sábado, 2 de julio de 2011

Propiedades de quienes emigren no serán confiscadas

Propiedades de quienes emigren no serán confiscadas

Una semana después que se reuniera el Consejo de Ministros, la prensa
oficial divulga las tan esperadas medidas que flexibilizan la
compra-venta de viviendas y autos y el traspaso de propiedades entre
cubanos residentes y sus familiares que residen en el extranjero.

martinoticias.com 01 de julio de 2011

Las autoridades cubanas, que han confiscado por medio siglo todos los
bienes a quienes emigran definitivamente al extranjero, anunciaron que
ahora "las viviendas propiedad de personas naturales cubanas que
abandonen definitivamente el país podrán ser transmitidas a los
cónyuges, ex cónyuges y familiares hasta cuarto grado de consanguinidad
siempre que hayan convivido permanentemente con el propietario durante
cinco años", informó el periódico Granma.

Una semana después que se reuniera el Consejo de Ministros, la prensa
oficial divulga las tan esperadas medidas que flexibilizan la
compra-venta de viviendas y autos y el traspaso de propiedades entre
cubanos residentes y sus familiares que residen en el extranjero y
aclaran que las nuevas regulaciones entrarán en vigor "antes de
finalizar el año".

Al parecer para que se implementen las medidas es necesario que sean
aprobadas por unanimidad pues la nota de Granma alerta que "uno de los
principales retos" de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los
Lineamientos aprobados en el VI Congreso del Partido es el de lograr que
"nada de lo diseñado en un grupo entre en contradicción con lo formulado
en otro".

En lo relacionado a la vivienda, aunque el Gobierno estableció que
reconocerá el derecho a la propiedad "sin que medie pago", siempre que
haya deudas pendientes, los familiares -nuevos propietarios- deberán
liquidarlas en el banco y pagar un impuesto sobre la transmisión de
bienes. Además se mantiene la restricción de que "una persona no puede
ser propietaria de más de una vivienda".

De acuerdo con lo anunciado, ahora no sólo se podrán comprar y vender
automóviles fabricados antes de 1959, sino que se autoriza la
compra-venta de autos sin importar marca, modelo o año. Una vez que se
apruebe la medida, los carros de quienes se vayan del país "podrán ser
transmitidos a su cónyuge o a los familiares hasta el cuarto grado de
consanguinidad -hijos, nietos, padres, hermanos, tíos, sobrinos y primos-".

http://www.martinoticias.com/noticias/Propiedades-de-quienes-124857089.html

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