miércoles, 5 de julio de 2017

Dispone Ministerio de Finanzas y Precios obligaciones tributarias sobre ingresos a trabajadores vinculados a la Inversión Extranjera

Dispone Ministerio de Finanzas y Precios obligaciones tributarias sobre
ingresos a trabajadores vinculados a la Inversión Extranjera
4 Julio, 2017 5:09 pm por René López Benítez

La Lisa, La Habana, Dr. René López, (PD) La Ley No. 113, Del Sistema
Tributario faculta al Ministro de Finanzas y Precios, para cuando las
circunstancias económicas y sociales y a su juicio así lo aconsejen
establecer y reglamentar el régimen tributario, las formas y
procedimientos para el cálculo, pago y liquidación.

La Ley No. 120, del Presupuesto del Estado para el 2017, dispone sobre
los ingresos mensuales superiores a los dos mil quinientos pesos CUP, y
la aplicación del impuesto sobre los ingresos personales de quienes
laboren en el sector de las inversiones extranjeras.

La Resolución Ministerial No. 237-2017 de 20 de abril de 2017, de la
Ministro de Finanzas y Precios dispone las obligaciones tributarias
sobre los ingresos personales a los trabajadores vinculados a las
inversiones extranjeras
que obtengan a partir de los dos mil quinientos pesos ($2500,00CUP) que
incluyen ingresos obtenidos por rendimientos o por estímulos por la
eficiencia económica-productiva probados según:

Concepto salarial
Total de ingresos mensuales de 2500,00 hasta Tipo Impositivo
5000,00 3%
Total de ingresos superiores 5%

El pago de las retenciones las ejecutan las entidades que efectúan los
pagos dentro de los diez días (10 días) hábiles de cada mes, los
trabajadores están exonerados de presentar la declaración de impuestos
para su liquidación y pago anual.

El personal contratado por las entidades cubanas autorizadas a prestar
los suministros de fuerza de trabajo a concesionarios y usuarios que se
establezcan en la Zona Especial de Desarrollo Mariel, aplican para el
pago del impuesto sobre los ingresos personales, según corresponda, lo
dispuesto en la Ley Anual del Presupuesto para el ejercicio fiscal y en
las normas reglamentarias que a estos efectos se dispongan.

El sistema salarial aplicable a estos trabajadores, de diferentes
categorías ocupacionales, no conforma la media del salario que perciben
los trabajadores vinculados a sectores de la economía nacional, máxime
cuando la inmensa mayoría de los contratados provienen de jubilados del
sector de la defensa y el orden interior (ministerios de las Fuerzas
Armadas Revolucionarias y del Interior) con chequeras financieramente
solventes, por lo que conforman un sistema de diferencias de clase
sustancial, la Central de Trabajadores de Cuba, única organización
reconocida por la Ley No. 54, Ley de Asociaciones, no se ha pronunciado
sobre el particular.
renelopez@yahoo.es; René López

Véase: https://referenciajuridica.wordpress.com/; Ley No. 113, del
Sistema Tributario, de 13 de julio de 2012, Ley No. 122, del Presupuesto
del Estado para el año 2017; Resolución Ministerial (MFP) 217-2017, 200
de abril de 2017.
Sistema de Seguridad Social para el Ministerio de las Fuerzas Armadas
Revolucionarias

Nota: Dr. René López Benítez, abogado independiente, Centro de
Referencia Legislativa – Consultoría Jurídica de Asistencia, Avenida 51
No. 26421, apto 1, altos, Arroyo Arenas, La Lisa, La Habana, Cuba
Tlfs: +53 72020268; móvil 53703286

Source: Dispone Ministerio de Finanzas y Precios obligaciones
tributarias sobre ingresos a trabajadores vinculados a la Inversión
Extranjera | Primavera Digital -
https://primaveradigital.org/cubaprimaveradigital/dispone-ministerio-de-finanzas-y-precios-obligaciones-tributarias-sobre-ingresos-a-trabajadores-vinculados-a-la-inversion-extranjera/

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