jueves, 2 de agosto de 2012

Balsero apela decisión del tribunal

Balsero apela decisión del tribunal
[02-08-2012]
Laritza Diversent
Abogada y periodista independiente

(www.miscelaneasdecuba.net).- Raúl Parada Ramírez, apeló la decisión del
Tribunal el pasado 18 de junio. El balsero fue sancionado a 6 meses de
trabajo internado en una granja por no pagar la multa de 5 mil pesos,
impuesta por la Capitanía del Puerto de Matanzas, cuando intentaba salir
ilegalmente del país.

Parada Ramírez, junto a otros 5 balseros, fue interceptado el 1ro de
octubre de 2011, por los guardacostas de Matanzas. El Capitán del
Puerto, Teniente Coronel Marcos La O León, 2 meses y medio después, le
impuso la multa. No obstante, la ley cubana establece que las
infracciones administrativas no se pueden castigar cuando no se procede
al momento contra ellas.

Parada Ramírez se quejó ante la Fiscalía el 25 de enero del presente
año, por violación de los acuerdos migratorios entre Cuba y Estado
Unidos, y por la ilegalidad de la multa. Hasta la fecha no ha recibido
respuesta del Ministerio Fiscal.

Según la Lic. Yaremis Flores, abogada independiente, Parada Ramírez debe
solicitar la absolución, porque en su caso no se agotó el procedimiento
establecido legalmente. En Cuba, el importe de las multas se duplica al
mes de su aplicación. A los 2 meses las autoridades administrativas
deben embargar los ingresos o bienes del infractor. "La Oficina de
Control y Cobro de Multas, no se personó en el domicilio de Raúl a
pedirle que pagara", explicó Flores.

En opinión de la letrada, quien trabajó como jueza durante 4 años, el
tribunal actuó inadecuadamente. "El órgano de justicia debió devolver la
denuncia, porque la Oficina de Control y Cobros de Multas, no realizó
todas las gestiones establecidas", comentó. Se debió embargar los
bienes de Raúl o levantar Acta de Insolvencia, acorde a lo establecido
por la ley", agregó.

Según la legislación cubana, si el infractor se niega a pagar la multa o
no tiene ingresos económicos (salario), cuenta bancaria o bienes de su
propiedad que embargar, la oficina de cobros lo denuncia ante el
tribunal. En Cuba, no pagar una multa puede ser sancionado con pena de
hasta 6 meses de cárcel.

En Cuba constituye una infracción castigada con multas entre 500 y 10
mil pesos moneda nacional, construir, tener, operar una embarcación, y
navegar en aguas jurisdiccionales cubanas, sin autorización de la
Capitanía de Puerto.

Sanción excesiva, en un país donde el salario mínimo es de 225 pesos
moneda nacional. Una forma de castigar a personas desesperadas por salir
del país y sin recursos suficientes, construyen embarcaciones precarias
y con riesgos para la vida.

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=36654

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