lunes, 3 de agosto de 2009

DE CONSTITUCIÓN, LEYES E INSTITUCIONALIZACIÓN

DE CONSTITUCIÓN, LEYES E INSTITUCIONALIZACIÓN
2009-08-03.
Vladimiro Roca, Ex Prisionero de Conciencia y Activista Pro Derechos Humanos

(www.miscelaneasdecuba.net).- Entre el jueves y el viernes próximos
pasados aparecieron en las páginas del periódico oficial Granma
artículos dedicados al tema jurídico firmados por Lourdes Pérez Navarro,
el del jueves, y por Félix López, el del viernes.

En ambos artículos se invoca la necesidad de fortalecer la
institucionalización, el respeto a la Constitución, el derecho y las
leyes. También manifestaron la necesidad de que la población conozca
mejor la Constitución y las leyes, para cumplirlas y reforzar la
institucionalidad.

Considero loable el empeño de estos articulistas para tratar de lograr
el respeto de la Constitución, las leyes y ayudar a mejorar la
institucionalización del país.

Félix López, en su artículo, cita palabras del general-presidente
pronunciadas en dos momentos distintos del pasado año sobre la
institucionalización. Muy buenas intenciones, lastima que son palabras
utilizadas para mantener la trampa y el engaño a la población cubana.

El problema principal en el tema de la institucionalización no es hablar
ni escribir, sino actuar en consecuencia con las normas constitucionales
y jurídicas. Es decir, enseñar con el ejemplo no con las palabras.
Recordar el viejo dicho que dice: El niño hace más lo que ve hacer que
lo que le dicen que haga.

Ese ejemplo debe comenzar por los de arriba. El artículo 66 de la
Constitución establece: "El cumplimiento estricto de la Constitución y
de las leyes es deber inexcusable de todos". Y la palabra "todos"
significa que nadie está excluido de cumplir con dicho precepto
constitucional. Pero, los primeros en incumplir con el mismo son los que
debieran ser los primeros en cumplirlo.

La realidad jurídica cubana es muy distinta de lo que escriben y desean
los columnistas.

Hace 50 años Fidel Castro y ahora su hermano, el general-presidente,
utilizan la palabra y las referencias a la Constitución y las leyes,
para engañar al pueblo y violar todo lo que le piden que cumpla.

Así, Castro prometió la restitución de la Constitución de 1940 en su
alegato de autodefensa y criticó al dictador Batista por su violación,
¿y qué hizo él? Poner en vigor una llamada Ley fundamental, eliminando
de la misma todo lo referente al Congreso nacional y a los órganos
legislativos; la cual violó constantemente con su definición de que la
revolución es fuente de derecho.

Esa enseñanza es la que está aplicando su hermano, habla de la
institucionalización para, desde el poder, violar todos los preceptos
legales de la Constitución y de sus propias leyes.

Como ejemplo un botón. El pasado año Martha Beatriz Roque y yo
presentamos una denuncia en la Fiscalía General de la República contra
los participantes de la mesa redonda, funcionarios y militares que
hicieron pública información privada y personal de nosotros y otros
funcionarios de la Sección de Intereses de Estados Unidos en Cuba;
violando lo establecido en el artículo 57 de la Constitución, que dice:
"La correspondencia es inviolable. Sólo puede ser ocupada, abierta y
examinada en los casos previstos por la ley. Se guardará secreto de los
asuntos ajenos al hecho que motivare el examen.

El mismo principio se observará con respecto a las comunicaciones
cablegráficas, telegráficas y telefónicas."

Era una violación tan flagrante que se suponía que la Fiscalía debía
actuar de oficio, pues es un delito contra la Constitución, con pruebas
obvias y que no prescribe. Sin embargo la Fiscalía nada hizo, y ni
siquiera respondió a la denuncia, cayendo en el delito de prevaricación,
previsto y sancionado en el Código Penal vigente. Ahí sigue el Fiscal
General, Juan Escalona Reguera.

Si realmente el gobierno quiere reforzar la institucionalización del
país, lo primero que tiene que hacer es cumplir con lo establecido en la
Constitución y las leyes, suspendiendo todas las reglamentaciones que
violan lo establecido en la Ley de Leyes, empezando por prohibir a la
policía el decomiso y ocupación ilegal de bienes pertenecientes a la
población, todo lo cual realizan sin contar con las correspondientes
órdenes de los tribunales. Frenar el inescrupuloso actuar de la policía
política contra los que se oponen al sistema, que violan la Constitución
y todas las normas jurídicas, alegando, en muchas ocasiones, que ellos
son la ley.

También puede suspender las confiscaciones de viviendas, autos, tierras,
etc., sin mediar sentencia firme de tribunal, que es lo que establece la
legislación vigente.

En fin, comenzar a ser ellos los primeros en respetar y cumplir la
Constitución y las leyes para, de esa forma, enseñar a la población con
el ejemplo y no con las palabras y la represión.

Aquí hago, según mi criterio, algunas recomendaciones que pudieran ser
útiles para reforzar la institucionalización, si es eso lo que busca el
régimen.

Revisar la Constitución para buscar todos los preceptos constitucionales
que requieren de legislación complementaria para su implementación.
Pues, como saben los juristas y estudiosos de los temas jurídicos,
cualquier constitución sin legislación complementaria es letra muerta y
no se puede hacer cumplir. Precisamente, ese fue uno de los grandes
fracasos de la Constitución de 1940: no contar con la legislación
complementaria para implementar los avanzados preceptos normados en la
misma.

Algunos artículos, que según mi modesta opinión, requieren de
legislación complementaria son:

ARTÍCULO 26. Toda persona que sufriere daño o perjuicio causado
indebidamente por funcionarios o agentes del Estado con motivo del
ejercicio de las funciones propias de sus cargos tiene derecho a
reclamar y obtener la correspondiente reparación o indemnización en la
forma que establece la ley.

ARTICULO 41. Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están
sujetos a iguales deberes.

ARTICULO 42. La discriminación por motivo de raza, color de la
piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquier otra
lesiva a la dignidad humana está proscrita y es sancionada por la ley.

Las instituciones del Estado educan a todos, desde la más temprana
edad, en el principio de la igualdad de los seres humanos.

ARTICULO 66. El cumplimiento estricto de la Constitución y de las
leyes es deber inexcusable de todos.

Creo que sería un buen inicio para que el gobierno del
general-presidente, demuestre con hechos y no con palabras la
disposición real de respetar la institucionalización del país.

Por último, dejar de seguir haciendo alusión al gobierno revolucionario,
pues de acuerdo a lo que estableció la Constitución de 1976, con sus
modificaciones de 1992 y 2002, es el gobierno de la República de Cuba y
para nada se hace mención a la revolución. Basta de asustar y
aterrorizar a la población con los negros y funestos recuerdos del
llamado gobierno revolucionario, con su secuela de violaciones y muertes.

DE CONSTITUCIÓN, LEYES E INSTITUCIONALIZACIÓN - Misceláneas de Cuba (3
August 2009)
http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=22050

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