jueves, 16 de junio de 2016

Cómo puede un cubano probar su inocencia?

¿Cómo puede un cubano probar su inocencia?
junio 14, 2016 6:40 pm por Nelson Rodríguez Chartrand

San Agustín, La Lisa, Nelson Rodríguez Chartrand, (PD) Imagínese usted,
sabiéndose ciudadano honesto y recto, caminando tranquilamente por
cualquier calle o barrio de Cuba, y que de repente es interceptado por
dos agentes de la policía que lo conminan a acompañarlos a la estación
policial.

Como es lógico, pensará que se trata de un error, y como ciudadano
respetuoso que es, asiente disciplinadamente, y en pocos minutos se ve
dentro de un calabozo convertido en un abrir y cerrar de ojos en un
vulgar delincuente acusado de cualquiera de los delitos previstos en el
tenebroso Código Penal cubano. Tomemos como ejemplo en este supuesto, el
delito de tenencia de drogas tipificado en el inciso (a), apartado
primero del artículo 190, en virtud del cual quien tenga en su poder
drogas con el propósito de traficar, puede ser sancionado a privación de
libertad de cuatro a diez años.

¿Qué podría hacer usted, según las leyes cubanas, para probar su inocencia?

En un principio sólo le queda esperar, indefenso, a que la injusticia
personificada en el instructor, peritos en su caso y fiscal, apoyados en
complicidad secreta por los auxiliares de la función judicial, elaboren
su estrategia incriminatoria valiéndose para ello de los más diversos,
viles y sofisticados medios capaces de hacer de la injusticia, una
verdad irrefutable.

Esta macabra complicidad se hace posible si tenemos en cuenta que los
instructores, peritos y auxiliares judiciales forman parte de un mismo
cuerpo, los órganos represivos del estado (Policía Nacional
Revolucionaria y Seguridad del Estado). En el caso del fiscal, es la
figura que representa y vela celosamente porque se cumpla la voluntad
del órgano represivo superior: el estado, representado por la selecta
élite gobernante.

Únicamente después que el instructor le notifica la medida cautelar
impuesta, que de seguro será la de prisión provisional, lo que haría más
fácil y efectivo su diabólico trabajo, es que usted puede proceder a
nombrar abogado para su defensa.

Pero, ¿qué podrá hacer su abogado, por más profesional, honesto y
competente que sea, si evidencias y testigos (falsos) lo incriminan,
fabricando de su persona un delincuente probado? Siento decirle que casi
nada. Un par de circunstancias atenuantes serán los fundamentos que
podrá alegar ante el tribunal, en su defensa, imposibles estos de
exonerarlo.

En Cuba, las leyes garantizan y propician que el control de las pruebas
y evidencias en los procesos judiciales, quede en manos de la injusticia
reencarnada en la élite gobernante, y aunque parezca este comentario
obra de la ficción; no lo es, pues constituye fiel reflejo de la
realidad de los cubanos, siendo las principales víctimas aquellos que
por abrazar los postulados de la libertad y la justicia, son
identificados por los dictadores gobernantes como "traidores a la
patria", confinándolos de esta manera hacia las tenebrosas cárceles,
para así ser devorados por la deshonra y el olvido.

nelsonchartrand@gmail.com; Nelson Rodríguez Ch.

Source: ¿Cómo puede un cubano probar su inocencia? | Primavera Digital -
http://primaveradigital.net/como-puede-un-cubano-probar-su-inocencia/

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