Suficiente para apurarse
JUEVES, 08 DE AGOSTO DE 2013 09:58
ESCRITO POR WILFREDO VALLÍN ALMEIDA
Cuba actualidad, La Víbora, La Habana, (PD) Como comentábamos en un
trabajo previo, los cambios realizados en el Código Penal cubano son de
índole más bien administrativa y no tocan la esencia de los problemas
que se han señalado con anterioridad.
Mientras la tendencia que se observa en general es la de dotar a las
constituciones y a los códigos penales en el mundo con un mayor
reconocimiento y aplicación de los Derechos Humanos, en Cuba los
informes al Consejo de Derechos Humanos de la ONU recogen una versión
teórica, en tanto que la aplicación real de esos principios es otra cosa.
Hay tres aspectos en el Código Penal cubano que, de haberse tocado en
esta "reforma", hubieran significado verdaderos cambios, y digo tres por
no hacer muy larga esa lista. Estos son:
1- Eliminar con carácter definitivo la peligrosidad social predelictiva
cuando de problemas políticos se trata.
2- Aceptar, como realmente ocurre con la práctica jurídica en la gran
mayoría de países del mundo, que los abogados pueden hacer acto de
presencia en defensa de los acusados desde su detención policial misma.
3- Dar la autoridad a una entidad independiente para que sea la que
determine sobre la medida cautelar preventiva a que será sometido el
acusado, que no la fiscalía. La fiscalía, que es parte en el proceso
desde su inicio, no puede además, ser juez.
Por otra parte, al no existir en el país una entidad que garantice los
derechos constitucionales de los ciudadanos, esos derechos no son
tutelados por nadie y aunque la fiscalía se reconoce como la garante de
la legalidad socialista, es en extremo dudoso que vaya a fallar alguna
vez en contra del Ministerio del Interior, del de Relaciones Exteriores
o de cualquier otra entidad importante del Estado o del Gobierno.
En sus comparecencias públicas, las figuras más conspicuas del gobierno
suelen defenderse diciendo que "se les presiona para que hagan cambios,
pero éstos tienen que ser hechos despacio pues es menester pensarlos bien".
Este planteamiento parece entrañar el criterio de que 54 años de espera,
en medio de incumplimientos de todo tipo, de desconocimiento de derechos
y de penurias sin cuento, no es aun motivo suficiente para apurarse.
Para Cuba actualidad: vallinwilfredo@yahoo.com
Source: "Suficiente para apurarse | Cuba noticias actualidad.Periodismo
independiente." -
http://www.primaveradigital.org/primavera/cuba-sociedad/la-consulta/8263-suficiente-para-apurarse.html
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