sábado, 4 de agosto de 2012

Entidad europea afirma que Carromero podía conducir en Cuba al no haber una resolución sobre su carné

Oswaldo Payá

Entidad europea afirma que Carromero podía conducir en Cuba al no haber
una resolución sobre su carné

En ese sentido, "no puede en modo alguno cuestionarse" su derecho a
conducir tanto en España como en Cuba, indicó la Asociación de
Automovilistas Europeos Asociados

Agencias, Madrid | 03/08/2012 7:49 pm

La Asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) aseguró que
Ángel Carromero, el joven de Nuevas Generaciones (NNGG) del Partido
Popular español preso en Cuba, podía conducir en la Isla, ya que no
consta la notificación de la resolución sobre su carné, reportó Europa
Press.

En un comunicado, esta asociación explicó que "se ha visto en la
obligación de precisar" las informaciones que apuntaban acerca de una
posible situación irregular en la autorización administrativa para
conducir de Carromero.

En este sentido, señaló que no constando notificada a Carromero una
resolución ejecutiva de pérdida de vigencia de la autorización
administrativa para conducir, "no puede en modo alguno cuestionarse" su
derecho a conducir tanto en España como en Cuba.

"Tal y como está diseñado el permiso por puntos en España, el hecho de
que una persona haya agotado su saldo de puntos no conlleva
automáticamente la pérdida de su derecho a conducir, situación a la que
solo se llega después de un procedimiento en el que se declare la
pérdida de vigencia del permiso de conducir y se le notifique de forma
fehaciente al interesado", indicó la entidad.

Así, recordó que en las informaciones periodísticas "no consta" que por
parte de las autoridades de Tráfico en España se hubiera dictado la
correspondiente resolución ejecutiva.

"En consecuencia, no consta que Carromero estuviera privado de su
derecho a conducir vehículos a motor en España", apuntó.

La asociación también recupera un artículo del código de seguridad vial
en Cuba en el que se explica que los extranjeros pueden conducir
vehículos de motor durante un periodo "improrrogable" de seis meses
"siempre que posean una licencia o autorización oficial en pleno vigor
que los capacite para conducir en su país de residencia".

http://www.cubaencuentro.com/cuba/noticias/entidad-europea-afirma-que-carromero-podia-conducir-en-cuba-al-no-haber-una-resolucion-sobre-su-carne-278998

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