viernes, 3 de agosto de 2012

Balseros indefensos ante arbitrariedad de la Capitanía de Puerto

Balseros indefensos ante arbitrariedad de la Capitanía de Puerto
[03-08-2012]
Laritza Diversent
Abogada y periodista independiente

(www.miscelaneasdecuba.net).- Julio César Rifa Rivero y Roger Pupo
Fariñas están totalmente indefensos y no tienen forma de cambiar esa
situación. No encuentran un abogado que quiera demandar a la Capitanía
del puerto de la Habana por vulnerarle sus legítimos derechos.

El 17 de diciembre del año pasado, las autoridades los sorprendieron,
junto a 4 personas más, en aguas cercanas a la costa en una balsa
construida por ellos mismos, después de un intento fallido de salida del
país. "Había mal tiempo y decidimos recalar", afirma Pupo Fariñas.

El 3 de marzo del presente año, 2 meses y medio después, el Teniente
coronel Jorge Luis Aluija Urgell, dictó resolución en la que afirma que
los 6 balseros incurrieron en una infracción muy grave". "Construyeron
una embarcación rustica en la cual más tarde navegaron sin la
autorización de la Capitanía de Puerto", argumenta.

En 1994 por política penal, amparada en la vigencia de tratados
internacionales (Acuerdos Migratorios), el Estado cubanos decidió no
sancionar penalmente a los emigrantes cubanos que salen ilegalmente del
país por vía marítima, en embarcaciones precarias y con riesgos para la
vida.

Sin embargo, el gobierno, a través de la Capitanía del Puerto, los
sanciona administrativamente cuando los detectas en la costa o en el
mar, por infringir las normas sobre la tenencia y operación de
embarcaciones en el territorio nacional.

En Cuba está vigente un sistema para reprimir con multas y otras
medidas, como el decomiso, violaciones de las disposiciones
administrativas que no constituyeran delito, llamadas infracciones o
contravenciones personales. Hasta la fecha, el gobierno ha puesto en
vigor más de 90 disposiciones legales en materia contravencional.

Existen 14 infracciones sobre tenencia y operación de embarcaciones,
calificadas de leves, graves y muy graves, sancionables con multas que
van desde 500 pesos hasta 10 mil pesos, incluyendo el decomiso.

Yandi Vidal Cruz Alfonso de 22 años, Renny Leyva Risco de 26, Alexander
Lara Céspedes de 36, Ricardo Mera Brides de 36 y Julio Cesar Rifa Rivero
33 años fueron multados con 3 mil pesos moneda nacional y a Roger Pupo
Fariñas 31, le impuso el pago de 4 mil.

La reincidencia en la comisión de infracciones graves o incurrir a la
vez en infracciones leves y graves, se sanciona con multa de 3 mil a 10
mil pesos.

Roger tiene además 12 intentos de salida del país. En diciembre de 2006
fue detenido regresando a la costa e interrogados por oficiales de
Seguridad del Estado, pero no fue multado. Julio tiene otras 5 salidas,
4 de ellas no fueron detectadas por las autoridades.

El capitán de puerto en su resolución indicó a los balseros, el derecho
a recurrir su decisión. Los jóvenes buscaron asistencia legal en la sede
de la Asociación Jurídica Cubana, dirigida por el Lic. Wilfredo Vallín.
Los letrados de esta organización independiente le redactaron el escrito
de reclamación.

"La resolución 16/12 de la capitanía del puerto de la Habana se notifico
extemporáneamente", consignaron en su alegato. "Se convierte en un acto
jurídico ineficaz por no cumplir las formalidades establecidas en este
caso su término para su aplicación", argumentaron.

La capitanía del puerto les denegó la interposición del recurso. Los
abogados de la AJC les recomendaron no pagar la multa. Sin embargo, las
normas que rigen el sistema contravencional advierten que, para apelar
una contravención, se debe satisfacer primero la penalidad.

Las multas se duplican de no pagarse dentro de los 30 días siguientes a
su imposición. A los 2 meses de impago, se tramita, para su cobro, la
vía de apremio mediante el embargo del sueldo, salario, pensión o
cualquier otro ingreso que perciba el infractor.

Los balseros no se quedaron conformes. Su último intento, solicitar los
servicios de un abogados de Bufetes Colectivos, que los representara en
una demanda legal contra la Capitanía de Puerto. La Ley de Procedimiento
Civil vigente regula un procedimiento para reclamar, en la vía judicial,
las decisiones administrativas de los órganos estatales que vulneren
derechos legalmente establecidos.

Julio Cesar Rifa Rivero y Roger Pupo Fariñas se personaron en la sede de
2 bufetes colectivos ubicados en el Vedado y Arroyo Naranjo, en la
capital. Intentaron contratar 4 abogados. Todos se negaron. Los balseros
asumen que, tal vez, sólo tal vez, los letrados temen llevar una demanda
contra una dependencia del Ministerio del Interior.

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=36669

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