lunes, 13 de diciembre de 2010

Miembros de los cuerpos represivos actúan por cuenta propia

Miembros de los cuerpos represivos actúan por cuenta propia
27 Octubre, 2010 por jurisconsultocuba

Un Estado de Derecho, se basa en la legalidad, el respeto a las
libertades civiles y la igualdad jurídica. Implica también, el control
judicial sobre actividad gubernamental, para romper la impunidad del
Estado ante sus propios actos. Sin embargo, la ilegalidad en Cuba se ha
convertido en una práctica extensiva, principalmente de los órganos
estatales.

Es normal que, un policía o miembros de la Seguridad del Estado, cite a
un ciudadano. Sin embargo, los únicos legalmente facultados para
realizar este acto, son el instructor, el fiscal o el tribunal. Los
uniformados son agentes de la autoridad, cuando más, sólo pueden
realizar la entrega del documento.

Los agentes realizan, sin título legítimo, actos propios de una
autoridad o de un funcionario público, atribuyéndose carácter oficial.
Un delito regulado en el Código Penal, bajo el título de "Usurpación de
Funciones Públicas".

El ciudadano desconoce que, en estos casos, puede denunciar a los
usurpadores, ante la fiscalía militar. Aunque difícilmente le acepten
una acusación de este tipo. La impunidad en el sistema estatal, llega a
niveles insospechados, al igual que el desconocimiento de los
procedimientos penales.

También es común, que en la advertencia, por la inasistencia
injustificada al llamamiento oficial, los agentes de la autoridad
adicionen un 0 a la cifra legalmente establecida. . La ley exige, la
primera vez, la imposición de una multa de 50 pesos, la segunda,
procesamiento penal por desobediencia.

En el aviso, los policías y miembros de la Seguridad del Estado,
advierten que la contravención es penada con 500 pesos. La ley obliga
concurrir al llamamiento de una autoridad, siempre que esta cite con las
formalidades legales. La cifra "inflada" es una forma de coaccionar e
impedir el ejercicio de los derechos reconocidos.

La no observancia de los procedimientos penales, se derivan del exceso
de poder, que otorga el estado a los órganos represivos, en detrimento
de las libertades civiles y seguridad jurídica ciudadana. Hecho que
permite, a los funcionarios estatales y agentes de la autoridad, ignorar
las normas legales y actuar por cuenta propia.

Laritza Diversent

https://jurisconsultocuba.wordpress.com/2010/10/27/miembros-de-los-cuerpos-represivos-actuan-por-cuenta-propia/

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