jueves, 18 de octubre de 2012

Cuba habilitará 200 oficinas para emitir pasaportes a partir de enero

Cuba habilitará 200 oficinas para emitir pasaportes a partir de enero
Publicado el Jueves, 18 Octubre 2012 08:43
Por Redacción CaféFuerte

Cuba habilitará unas 200 oficinas para atender las solicitudes de
pasaporte de la población tras la entrada en vigor de una nueva política
migratoria en el país.

El coronel Lamberto Fraga Hernández, segundo jefe de la Dirección de
Inmigración y Extranjería (DIE) del Ministerio del Interior, dijo que a
las dependencias del organismo que actualmente emiten los pasaportes se
sumarán las oficinas del Carnet de Identidad de los municipios desde el
próximo enero.

Fraga compareció en el Centro de Prensa Internacional de La Habana para
explicar los procedimientos de las regulaciones migratorias que serán
efectivas a partir del 14 de enero del 2013. Son las primeras y únicas
declaraciones realizadas por un alto funcionario cubano tras la
publicación de las leyes y disposiciones migratorias, anunciadas el
pasado martes.

"Son cambios sustanciales, cambios profundos, no es nada cosmético lo
que estamos haciendo, y requiere estos 90 días para armar bien una serie
de regulaciones para que esto funcione bien y no haya dificultades
cuando comencemos a implementarlas", declaró Fraga. "Realmente nos mueve
el sistema de trabajo, ahora vamos a trabajar diferente".

Determinación de personas vitales

El vicejefe de la DIE explicó que el proceso de preparación implica
también comenzar a definir las personas que no podrán obtener el
pasaporte por ser consideradas "vitales" para el desarrollo económico,
los planes estratégicos y la actividad deportiva del país.

"Los profesionales y deportistas a los que no se permitirá salir serán
solo aquellos que sean vitales", señaló el funcionario. "Estamos
trabajando para determinar quien realmente debe estar sujeto a una
autorización para viajar y esperamos sea una cantidad mínima de personas".

Además de deportistas, profesionales y técnicos de esferas estratégicas
para el país, estarán imposibilitados de obtener el pasaporte personas
pendientes de procesos penales o en cumplimiento de sanciones impuestas
por tribunales cubanos; los que prestan servicio militar, militares en
activo, así como casos por "razones de defensa y seguridad nacional".

En cuanto a la determinación de los profesionales, técnicos y
deportistas que no podrán salir del país, Fraga expresó que el Instituto
de Deportes (INDER) y otros organismos estatales iniciarán un proceso
para determinar quiénes son los "casos vitales", lo que comunicarán al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

"El Ministerio de Trabajo lo presentará al Consejo de Ministros, que
aprobará [finalmente] que esas sean las personas vitales", agregó.
"Profesionales, técnicos y atletas vitales para el desarrollo del país,
para el desarrollo económico, para el desarrollo del deporte".

Menores sin restricciones

Indicó que en esa categoría se incluirán ciudadanos "realmente
imprescindibles y necesarios", cuya ausencia pueda causar un colapso en
el desarrollo nacional.

"El país está tratando de posibilitar los viajes y a la vez preservar la
fuerza que ha ido calificando", afirmó.

Pero precisó que en el caso de aquellas personas categorizadas como
vitales que quieran establecerse en el extrajero, el organismo que los
retiene tendrá un plazo de cinco a tres años para poder remplazarlos, de
modo que pueda organizar el relevo sin dejar trunca una tarea o un plan
que se esté ejecutando.

En otro momento de su intervención, Fraga enfatizó que los menores de
edad no tendrán limitación para viajar mientras cuenten con la
autorización de sus padres para tener un pasaporte actualizado.

"Los niños no tendrán limitación para viajar, pero la mamá y el papá
deberán autorizar que tengan el pasaporte, es decir, que esté en
posibilidad de salir en el momento que lo desee", explicó el militar.

Desde las restricciones para viajes y salidas definitivas del país que
el gobierno cubano impuso en 1961, es la primera vez que los menores
podrán salir temporalmente al exterior si no están en edad militar (16
años).

OTRAS ACLARACIONES SOBRE TRAMITES MIGRATORIOS DESDE ENERO DEL 2013

Los cubanos que en este momento se encuentren en el exterior pueden
continuar su estancia sin necesidad de prorrogarla si no lo ha hecho. Se
acogerán a la nueva ley y actualizarán su pasaporte al regreso.

Para quienes poseen un pasaporte válido, el proceso de
actualización del documento consistirá en verificar que el portador no
esté incluido en algunas de las causales que limitan la posesión del
pasaporte.

Si la persona no está limitada para viajar, recibirá su pasaporte
actualizado, que se traduce en una pegatina añadida al documento. El
pasaporte actualizado tendrá tanto valor como los nuevos pasaportes que
se obtengan a partir de esa fecha.

El pasaporte tendrá un valor de 100 CUC. Será emitido sin pegatina,
pues su emisión implica que su portador está autorizado a salir del país.

La actualización del pasaporte cubano no sufrió alteración alguna
respecto al procedimiento y costo. Se mantiene el precio de 20 CUC cada
dos años para actualizarlo. El pasaporte será válido por seis años.

Cuando la persona pase 24 meses en el exterior y no ha podido
regresar al país por una situación especial, ya sea porque está enfermo,
está cursando estudios, se casó y tiene familia allí que quiere
acogerlo, deberá ir a un Consulado cubano y solicitar una prórroga de
esa estancia. La autorización sería un equivalente al actual Permiso de
Residencia en el Exterior (PRE) y que se llamará a partir de enero
simplemente Residencia en el Exterior.

Si pasan los 24 meses establecidos por la ley y la persona no se
reporta a las autoridades cubanas, entonces se considerará que ha
decidido quedarse a vivir en el exterior y a partir de ese momento
tendrá que viajará a Cuba siguiendo el trámite de cualquier emigrado.

No se confiscarán las propiedades de los que emigran. Si los dueños
de viviendas y automóviles no donan sus bienes antes de salir del país
con carácter definitivo, los familiares que se quedan en Cuba pueden
reclamarlos. El cubano emigrante NO podrá mantener la propiedad de un
inmueble en la isla.

Si los países de destino requieren de una carta de invitación para
otorgar el visado, Cuba no intervendrá en ese requerimiento. Según
Fraga, "al contrario, el país tiene que facilitar que el ciudadano
cubano cumpla con ese requisito", o con otros requisitos fijados como el
chequeo médico que exigen Estados Unidos y la Unión Europea para emigrar.

Los extranjeros con residencia temporal en Cuba tendrían que viajar
al país cada seis meses. Después de los seis meses, se considerará que
la persona ya no va a seguir residiendo en Cuba y, por tanto, causará
baja del registro de extranjeros. Para retornar a la isla viajaría
entonces como turista, con una visa o sin visado, de acuerdo al convenio
establecido con el país de donde procede.

Requisitos para solicitud de pasaporte de menores

Los menores de edad deberán presentar:

* Certificación de Nacimiento con fecha de asiento.

* Si el menor no está casado y viaja sin sus padres o sin uno de ellos
presentará, según corresponda:

1- Acta de Consentimiento de salida del menor de 18 años realizada en
una Notaría del Ministerio de Justicia por él o los padres que no
viajan, y además deben acudir a la Oficina de Inmigración junto al menor
para ratificar la autorización.

2- Cuando se trata de jóvenes entre 18 y 21 años, el consentimiento de
salida se hace solamente en la Oficina de Inmigración.

3- Certificado de Defunción en caso que uno o ambos padres hayan fallecido.

4- Acta de Consentimiento para la salida del país realizada ante
funcionarios consulares si uno o ambos padres se encuentran en el
exterior de visita, con residencia indefinida o por asuntos de trabajo.

http://cafefuerte.com/cuba/noticias-de-cuba/politica/2265-cuba-habilitara-200-oficinas-para-emitir-pasaportes-a-partir-de-enero

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