miércoles, 4 de julio de 2012

Contra el trato policial delictivo

Contra el trato policial delictivo
Martes, 03 de Julio de 2012 00:42
Escrito por Veizant Boloy González

Cuba actualidad, Boyeros, La Habana, (PD) La credibilidad y confianza de
los cubanos en los órganos de represión disminuye cada día. Resulta
controvertido el actuar de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR)
junto al Departamento de Seguridad del Estado (DSE).

Cada vez que el DSE detiene ilegalmente a un ciudadano, la policía
apoya, ya sea de forma activa o con una complicidad espantosa. De
cualquier manera, es igual de reprochable.

La desconfianza viene dada porque los encargados de velar por el respeto
a la legalidad y los derechos, aplican la ley sustentados en el poder
de la fuerza. Este cuestionamiento es corroborado por la Comisión
Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional (CCDHRN) liderada
por Elizardo Sánchez. Su portavoz apuntó que hasta las últimas semanas
han sido más de 2 400 los arrestos por parte del cuerpo policial y el DSE.

Con respecto a eso, tanto la constitución como la ley de procedimiento
penal, en sus artículos 58 y 241, respectivamente, plantean que nadie
puede ser detenido sino en los casos, con las formalidades y garantías
que las leyes prescriben.

Según la ley, "al efectuarse la detención de alguna persona se extenderá
de inmediato un acta en que se consignará la hora, fecha y motivo de la
detención así como cualquier otro particular que resulte de interés. El
acta será firmada por el actuante y el detenido".

"La policía o la autoridad que lo tenga a su disposición informará la
detención y el lugar en que se halle el detenido, así como facilitará la
comunicación entre ellos en los plazos y en la forma establecida en las
correspondientes disposiciones".

La PNR difícilmente avisa a los familiares, o permite que el detenido
realice una llamada. Otra modalidad es mentir sobre la estación policial
a la cual el detenido ha sido trasladado.

Tampoco es justificable detener a una persona para entrevistarla,
amenazarla y hacer preguntas sobre su vida personal y la de otros.
Según la ley de trámites la autoridad o agente de la policía, solamente
tiene la obligación de detener al acusado de algún delito, el que
intente cometerlo o al delincuente in fraganti.

Un progreso que establece la ley es sin dudas enfrentar toda conducta
ilegal como un acto punible. En su defecto, establece un régimen de
sanciones en el Código Penal que responden a la gravedad de todo
comportamiento delictivo, de esta manera los artículos 279.1 al 286.1
correspondientes a los Delitos Contra la Libertad Personal establecen
sanciones para toda autoridad que sin facultad y fuera de las
formalidades establecidas por ley prive de su libertad o derechos
individuales a otra.

La práctica diaria es que esos uniformados pisotean cada día la
Constitución que dicen defender. Y no lo hacen solo en contra de
opositores y disidentes, sino de la población en general. Algún día
serán responsables por sus actos.

Para Cuba actualidad: veizant@gmail.com

http://primaveradigital.org/primavera/cuba-sociedad/la-consulta/4493-contra-el-trato-policial-delictivo.html

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