martes, 20 de marzo de 2012

Las personas con VIH tienen derecho a un trato digno

Las personas con VIH tienen derecho a un trato digno
[20-03-2012]
Ignacio Estrada Cepero
Periodista Independiente

(www.miscelaneasdecuba.net).- El derecho a no ser sometido a tratos o
penas crueles, inhumanas o degradantes puede plantearse de diversas
maneras en el contexto del VIH en Cuba, por ejemplo en el trato a los
presos con esta enfermedad

La pena de privación de libertad no debería provocar la pérdida de los
derechos o la dignidad. En particular, el Estado, por medio de las
autoridades penitenciarias, tiene el deber de cuidar a los presos, lo
que entraña el deber de proteger los derechos a la vida y a la salud de
todas las personas bajo su custodia.

Negar a los reclusos el acceso a la información, educación y medios de
prevención (desinfectantes, condones y materiales de inyección estéril)
con respecto al VIH/SIDA, la prueba voluntaria y asesoramiento, la
confidencialidad y la atención sanitaria al VIH/SIDA, así como la
posibilidad de participar.

La Dirección Nacional de Establecimientos Penitenciarios de Cuba tiene
reconocidos un total de seis establecimientos penitenciarios para reos
portadores del VIH/SIDA. Penitenciarias que no marcan una diferencia
entre el trato a reos sanos y la población penal afectada por esta
enfermedad.

Los presos que cometan actos peligrosos, como violaciones o actos de
violencia sexual, deberían ser castigados cualquiera sea su estado
serológico con respecto al VIH/SIDA. No existe razón alguna por parte de
las instancias de salud o de seguridad que justifique la obligatoriedad
de la prueba del VIH, ni la denegación a los reclusos que viven con VIH
la posibilidad de realizar todas las actividades disponibles para el
resto de la población penitenciaria. Lo único que justificaría la
segregación de las personas que viven con el VIH de la población
penitenciaria sería la preservación de su propia salud.

El Estado cubano debería considerar la posibilidad de que los presos con
una enfermedad en fase terminal, incluido el SIDA, sean excarcelados
anticipadamente y reciban un tratamiento adecuado fuera de la cárcel.

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=35502

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